REGLAMENTO PROGRAMA DE EDUCACIÓN MÉDICA
COLEGIO DE MÉDICOS DE SALTA - CÍRCULO MÉDICO DE SALTA
NORMAS GENERALES
1) Las Sociedades Científicas y/ó Servicios de atención Médica Públicos ó Privados de la Provincia reconocidos, y los Señores Representantes de Distritos del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, podrán ser invitados a participar del programa de Educación Médica Continua, patrocinados por el Colegio y Circulo Médico de Salta.
2) Las invitaciones serán propuestas a la comisión conjunta de Educación Médica y en coordinación con las Mesas Directivas, sé priorizarán las Especialidades, Sociedades Científicas y/ó Servicios reconocidos de acuerdo a criterios relacionados con la organización de las Instituciones, desarrollo de los mismos y necesidades epidemiológicas.
3) Las Sociedades Científicas y/o Servicios de Atención Médica Públicos o Privados de la Provincia reconocidos que no ingresaran al Programa Anual (Módulos Generales) y en un número no mayor de 10 (diez) eventos, podrán contar con el aporte de un apoyo logístico, previa solicitud y aprobación de la Comisión de Educación Médica, consistente en:
¨ Salón para el desarrollo del evento, con el personal que corresponda.
¨ Confección de 100 (cien) programas.
¨ Confección de 100 (cien) certificados.
¨ El contenido del Programa deberá expresar lo reglamentado por la Comisión de Educación Médica Continua, con relación a: Disertantes, coordinadores, asistencia, examen, etc.)
4) Explicitadas las estrategias a seguir, se solicitará a las Sociedades y/o Servicios, y a los Señores Representantes de Distritos del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, la programación de la actividad modular que le corresponda, que deberá ser presentada ante la comisión antes de los 90 (noventa) días del lanzamiento del Programa General del año que corresponda. Dicho requerimiento deberá contemplar:
a) Nota con las propuestas modulares sin programa analítico ni relatores, pero con fecha tentativa.
b) Cada Sociedad deberá dar participación en sus módulos a otras Sociedades y/o a los Señores Representantes de Distritos del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta. Estas deberán estar bien constituidas y en actividad Ej. Sociedad de Clínica Médica: Sociedad de Cardiología, Nefrología, Dermatología, etc. Sociedad de Pediatría: Cirugía Infantil, Dermatología Pediátrica, etc. Sociedad de Tocoginecología: Ginecología, Obstetricia, Mastología, etc. y Sociedad de Tracto Genital Inferior. En situaciones que no haya Sociedades formadas, podrá participarse a Servicios Públicos ó Privados reconocidos, por su complejidad y actividad asistencial y docente.
c) Antes de los 35 (treinta y cinco) días del lanzamiento de la actividad modular del año que corresponda, las Sociedades invitadas o los Coordinadores designados, deberán elevar a la comisión conjunta de Educación Médica, los programas avanzados que deberán incluir:
1) Temario - Fecha
2) Total de horas cátedras
3) Modalidad (Teórico - Práctica)
4) Sistema de evaluación
5) Relatores
6) Lugar donde se desarrollará el evento.
d) En caso de no presentar lo solicitado, según el punto (4 C), para la realización del Módulo, esta Comisión podrá suspender el mismo, notificando por escrito de tal situación a la Institución respectiva.
5) En las actividades Modulares del Interior; el Coordinador o los Coordinadores de dicho evento serán, los representantes de Distritos, quienes contactarán a las Sociedades Científicas y/o a los Disertantes que corresponda para tal fin.
6) Toda actividad modular en su programa ineludiblemente deberá contar con 2 (dos) Coordinadores Médicos, los cuales serán responsables absolutos del evento. Debiendo realizar lo expresado en el anexo (I) del Reglamento.
7) El Colegio y el Círculo Médico de Salta, se reservan el derecho de analizar las programaciones modulares que se lleven a cabo en la ciudad ó en el interior, con la finalidad de aprobar ó sugerir modificaciones que garanticen la calidad docente.-
8) Se permitirá realizar sponsorización de los laboratorios y/ o otras Empresas interesadas por una cuota fija anual.
9) Todo Auspicio Económico obtenido por los organizadores de los Módulos será destinado a todo lo necesario para la concreción del evento, donde el sponsor no puede figurar como organizador del mismo en los mediso masivos de difusión.
ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MODULARES
1) Las actividades teóricas, serán sin numero limitado de participantes y se desarrollaran en forma gratuita, con excepción de Cursos Anuales incluidos en el programa.
2) Las actividades prácticas se desarrollarán en los lugares establecidos por las Sociedades ó Servicios, con el acuerdo de la Comisión de Educación Médica Continua, con todos elementos existentes para desarrollar las tareas docentes. (ver reglamento de salones).
3) Los equipos de proyección sonidos y otros, se podrán utilizar únicamente en los salones de ambas Instituciones (Colegio de Médicos de Salta y Círculo Médico de Salta). El equipamiento podrá ser cedido para otras reuniones de las actividades programadas, previa autorización de las Mesas Directivas pertinentes.
4) Los programas serán financiados por el Colegio y Círculo Médico de Salta: estadía sin gastos extras, traslado del disertante, gastos de almuerzo y cena para el disertante y los dos coordinadores del evento. Para los gastos de almuerzo y cena, se instrumento un sistema de voucher, que los coordinadores deberan solicitar por administración.
5) Los Módulos (Cursos - Jornadas - etc.) deberán contar con un mínimo de 10 (diez) horas cátedras, a los fines de poder contar con la aprobación de la Comisión de Educación Médica.
6) Las Certificaciones deberán especificar las Horas Cátedras totales, las cuales no podrán ser inferiores a 10 (diez), debiéndose hacer constar si hubo ó no-evaluación final. Dicha evaluación será escrita, vinculante al contenido del módulo y se enviara para su constancia, modelo de preguntas y su grilla de respuestas con nombre de asistentes evaluados y puntaje.
7) Los Exámenes serán escritos y en caso de ser por la modalidad de Múltiple Choice, no deberán tener menos de 10 (diez) preguntas.
8) La Certificación que emitirá el Programa de Educación Médica Continua será de:
a) Disertante
b) Coordinador
c) Coordinador de Mesa Redonda
d) Panelista de Mesa Redonda
e) Asistente
f) Asistente con evaluación final aprobada
9) Los Certificados serán confeccionados y entregados en la Administración del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta ( Se deja expresamente aclarado que en los eventos organizados por el Programa de Educación Médica Continua no se otorgarán otros certificados que los enunciados anteriormente).
10) EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE: Finalizando el módulo, los Coordinadores de la Sociedad Científica u otras Instituciones, deberán elevar a la Comisión conjunta de Educación Médica, un informe sobre las actividades desarrolladas, para lo cual se confecciona una grilla de evaluación que será adjuntada a los Coordinadores en donde constará:
a) Número de participantes inscritos
b) Porcentaje de asistencia
c) Número de participantes para la Certificación, especificándose las horas cátedras correspondientes
d) Evaluación global de la actividad. En caso de no presentarse dicho informe, no se financiara el módulo siguiente.
11) Una vez recepcionada la Grilla del Informe del Desarrollo del Módulo, esta Comisión, elevara una nota a la Mesa Directiva del Colegio y Círculo Médico de Salta, acompañando dicho informe para su conocimiento.
12) DE LA ASISTENCIA DE LOS PROFESIONALES A LOS EVENTOS DEL PROGRAMA:
a) De los Coordinadores: Serán los responsables del control de asistencia durante el desarrollo del evento.
b) De los Asistentes: Podrán registrar su asistencia hasta la 1º conferencia según el turno que corresponda (Mañana – Tarde – Noche).
c) De Personal de Administración y/o Secretarios: Por orden expresa de la Comisión de Educación Médica, avalados por las Autoridades Directivas del Colegio de Médicos de Salta y Círculo Médico de Salta, deberan retirar las planillas de registro de asistencia después de finalizada la 1º Conferencia en el turno que corresponda.
13) DE LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO: Para la obtención del Certificado del Evento, el asistente deberá completar el 80 % de las horas de asistencia. En caso de realizarse el evento en dos turnos (Ej. Mañana y Tarde), el Asistente deberá completar los dos turnos.
14) No esta permitido bajo ningún concepto el canje de montos de dinero asignados a los distintos gastos por otros no previstos.
15) Toda situación no contemplada en el presente Reglamento, queda a consideración de esta Comisión de educación Médica Continua.
16) EN REUNIÓN DE FECHA 26 DE MARZO DE 2.003, SE RESUELVE ESTABLECER LA SIGUIENTE MODALIAD:
¨ MODALIDAD DE CURSO Y/O JORNADAS: Contará con la participación de 1 (uno) Disertante Nacional.
¨ MODALIDAD DE CURSO Y/O JORNADAS CONJUNTA:
a) Contará con la participación de 3 (tres) Disertantes Nacionales.
b) Los eventos en forma conjunta deberán cumplir con un mínimo de 15 (quince) horas cátedras.
17) EN REUNIÓN DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2.003, SE RESUELVE INCORPORAR LA FIGURA DE “JORNADAS DIFERIDAS ó CURSO ANUAL”, estableciéndose lo siguiente:
a) Se dará participación a Sociedades, Asociaciones y/o Servicios Públicos y Privados de la Provincia de Salta.
b) La cantidad de Cursos Programados – Jornadas Diferidas – Curso Anual, no superarán el número de 4 (cuatro) por año, contemplándose que estarán destinados inicialmente a las especialidades básicas.
c) Para los años sub-siguientes se establecerá una lista de espera de acuerdo a las solicitudes ingresadas de las Sociedades, sustituyendo a las beneficiadas del año anterior.
d) Se establece un minimo de 51 (cincuenta y uno) horas catedras para esta modalidad.
e) Se certificará la asistencia según lo establecido en el reglamento (80% de asistencia), con evaluación optativa.
f) Los eventos Cientificos podrán realizarse bajo dos modalidades:
1º) Docente presencial: En esta situación la asitencia económica será la equivalente a un Módulo Conjunto, por unica vez ...
2º) Docente con material didáctico: (Video, CD, etc.) La asistencia económica podrá hacerse hasta cubrir el monto de lo estipulado en la modalidad presencial o lo que fije la Comisión de Educación Médica Continua según disponibilidad de presupuesto.
g) En los Cursos Anuales se permitirá arancelamiento para el resto de los Módulos que no esten asistidos económicamente y que dicho arancel sea exclusivamente para cubrir gastos de traslados, alojamiento y comida de los Docentes, como así también el pago del personal administrativo asignado al evento. En esta situación el Programa asistirá al evento con salones, equipamiento, difusión, programas y certificaciones de asitencia.
h) Se designará a dos Profesionales en carácter de Coordinadores por parte de la Sociedad y/o entidad organizadora.
i) Se realizará la difusión del evento con: Panfletos denominados grandes (200), programas por unica vez al comenzar el curso (100), que se entregarán al ente organizador para su distribución. Se realizará su inclusión en la pagina Web.
j) El material adquirido (CD, Video, Etc.) por parte de las Instituciones es propiedad del Programa y de uso exclusivo para sus actividades científicas, queda explícitamente prohibida su duplicación y/o modificación de su contenido.
k) Se facilitará el uso de las instalaciones de las Instituciones (Colegio de Médicos de Salta y Círculo Médico de Salta), con equipamiento.
l) Se designará por parte del Programa al personal administrativo referente de las Instituciones para manejo, guarda de equipamiento e instalaciones y control de asistencia.
m) El gasto que demande la utilización del personal estará exclusivamente a cargo de la Sociedad, Asociación y/o Servicio Público Privado que participe en el evento. Se deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de Uso de los Salones, a los fines del gasto que demande los mismos.
n) El no cumplimiento de dicho pago obligará a la suspensión del Curso.
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